En España: Bebes por nacer podrán ser inscritos en Registro Civil

A partir del 9 de agosto, los bebés que hayan fallecido antes de nacer pero que habrían alcanzado más de seis meses de gestación podrán ser registrados y recibir un nombre en el archivo del Registro Civil, según una instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.


Aunque esta inscripción no tendrá implicaciones legales, la medida se basa en la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011 del Registro Civil. La instrucción establece que el fallecimiento de estos bebés después de los seis meses de gestación pero antes del nacimiento deberá constar en el archivo del Registro Civil, y los padres podrán asignar un nombre si lo desean.