El próximo 1 de enero de 2025 comienza la adopción voluntaria de la nueva normativa de embarque de carbón empaquetado

Toda la cadena de suministro de cargamentos de carbón que conducen al transporte marítimo está a punto de cambiar con la entrada en vigor de las enmiendas acordadas en la Organización Marítima Internacional (OMI).

Esto traerá consigo cambios importantes en la forma en que el carbón debe empaquetarse para su transporte marítimo, incluidos los contenedores, con el fin de garantizar un transporte más seguro mediante la mejora de las disposiciones de embalaje y estiba y la exigencia de documentación obligatoria para su transporte como carga peligrosa.

Debido a los numerosos incidentes de incendios en contenedores que transportan carbón que han sido puesto en conocimiento de la Organización Marítima Internacional (OMI), así como a las declaraciones erróneas por parte de los propietarios de carga, se determinó finalmente la adopción  nuevas regulaciones que afectan al embarque de carbón en virtud del Código Marítimo Internacional de cargas Peligrosas (IMDG) como parte de la Enmienda 42-24.

Las nuevas regulaciones son el resultado de más de cinco años de intensos debates y discusiones en las reuniones de la OMI. Uno de los principales cambios es que los embarques de carbón en forma de paquetes incluidos en contenedores ya no tendrán exenciones para ser embarcados como cargas no peligrosas según el Código IMDG, incluso si la carga ha pasado la prueba N4 de la ONU para autocalentamiento (cargas peligrosas de clase 4.2 de la OMI, es decir, sustancias propensas a la combustión espontánea).

Otro cambio es el requisito de control de la temperatura y la intemperie requerida por la carga durante el embalaje y durante la travesía. También se requiere información adicional para la documentación de transporte de cargas peligrosas al momento del embarque.

En forma posterior a las modificaciones realizadas, CINS (Sistema de notificación de incidentes de carga), junto con el Grupo internacional de P&I Clubs y TT Club, ha emitido pautas revisadas sobre el transporte seguro de carbón en contenedores que incorporan estas modificaciones.

Como parte de la Enmienda 42-24 al Código IMDG, las modificaciones al carbón entrarán en aplicación voluntaria el 1 de enero de 2025 y entrarán en vigor de forma obligatoria el 1 de enero de 2026.

Se debe tener en cuenta que estos cambios no afectan al carbón que se embarca como carga granelera según el Código marítimo internacional de cargas graneleras (IMSBC). También se debe considerar que el carbón que está clasificado como 4.2 no puede enviarse como carga granelera según el Código IMSBC. 

BIMC recomienda encarecidamente asegurar que las partes interesadas y pertinentes estén informadas y preparadas para estos cambios.